Tratamiento de drogas bajo supervisión judicial restaurativa.

 

“Se integró mediante la Ley de Justicia Penal Restaurativa, vigente desde el 2 de julio del 2018. Se regula en el ordinal 56 ter del Código Penal, el cual establece que esta sanción:

abordaje terapéutico para la atención biopsicosocial de adicciones a drogas y sustancias psicoactivas, una vez que se determine que el delito cometido (...) está asociado a un consumo problemático de drogas y/o alcohol, mediante la aplicación del procedimiento restaurativo.” (Ugarte, 2019, p14)

La Judicatura con el apoyo de Trabajo Social y Psicología efectúan audiencias de seguimiento en las que verifican que la persona ofensora cumpla con todas las fases del tratamiento. (Poder Judicial, 2021)








Imagen 3. Tratamiento de drogas (Clínica de tratamiento de adicciones, s.f.)

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Referencias.

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