Tratamiento de drogas bajo supervisión judicial restaurativa.
“Se
integró mediante la Ley de Justicia Penal Restaurativa, vigente desde el 2 de
julio del 2018. Se regula en el ordinal 56 ter del Código Penal, el cual
establece que esta sanción:
abordaje
terapéutico para la atención biopsicosocial de adicciones a drogas y sustancias
psicoactivas, una vez que se determine que el delito cometido (...) está asociado
a un consumo problemático de drogas y/o alcohol, mediante la aplicación del
procedimiento restaurativo.” (Ugarte, 2019, p14)
La Judicatura con el apoyo de Trabajo Social y Psicología efectúan audiencias de seguimiento en las que verifican que la persona ofensora cumpla con todas las fases del tratamiento. (Poder Judicial, 2021)
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3. Tratamiento de drogas (Clínica de tratamiento de adicciones, s.f.)

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