El servicio de utilidad pública y el arresto de fin de semana.


“Según el ordinal 56 bis del Código Penal esta modalidad de sanción: servicio gratuito con fines comunitarios y socioeducativos que ha de prestar la persona condenada a favor de las instituciones públicas y las asociaciones o fundaciones que conformen la red creada para los efectos del cumplimiento de este artículo. ” (Ugarte, 2019, p.16)

En el siguiente enlace, se puede observar como da inicio la aplicación de esta medida sustitutiva de pena.

https://semanariouniversidad.com/pais/condenados-delitos-menores-podran-prestar-servicios-cumplir-penas-carcel/







Imagen 4. Servicio de utilidad pública (Barge, 2018)

En el siguiente video presentado se describe las principales características y ventajas de las medidas alternas.



El arresto de fin de semana.

“Consiste en una limitación de la libertad ambulatoria y se cumplirá en un centro penitenciario o en un centro de rehabilitación por períodos correspondientes a los fines de semana, con una duración mínima de 24 horas y máxima de 48 horas por semana.”

El siguiente enlace permite conocer en que consiste el régimen semi institucional del sistema penitenciario. ” (Ugarte, 2019, p.14)

https://costaricamedios.cr/2020/04/24/3-000-privados-de-libertad-descuentan-sus-penas-en-el-regimen-semiinstitucional/







Imagen 5. Régimen semi institucional (Lizano, 2020)

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Referencias.

En las siguientes medidas alternas de la pena, se podrá conocer las características y su utilidad de aplicación.